domingo, 6 de agosto de 2017

TAL DÍA COMO HOY, UN 6 DE AGOSTO DE 1654, 1686, 1923, 1925, 1931 1932 Y 1941

      Tal día como hoy, un 6 de agosto de los años indicados, la Corporación Municipal trató los asuntos siguientes:
      - 06-08-1654 (se cumplen 363 años)
               Primera renovación del voto a San Roque tras la aprobación canónica del mismo

“En la villa de Arjonilla en seis días del mes de Agosto de mill y seiscientos y cinquenta y quatro años el conçejo justicia y Reximiento desta dha. Villa estando junto y congregado en su cabildo y Ayuntamiento como lo han de uso y costumbre abiendo sido çitados por Diego Ruiz Cassado alguacil que hace oficio de portero de que dio fee aber citado a los caballeros capitulares a saber los señores don Luis de Aguilera Perales alcalde hordinario en el estado de los caballeros hijosdalgo Pedro Ruiz escribano alcaldes hordinarios Luis Díaz de Aguilera don Lope de Morales Carvajal don Manuel de Valenzuela don Alonso Manuel Serrano y Criado don Francisco Serrano Moreno don Bernabé Serrano Carvajal don Esteban Ramírez de Ojeda Asensio de Çamora Morales, Francisco López de Mestança diego de Morente Çamora don Francisco Serrano Baldivia don Pedro rramos de monguía Pedro de Aguilar Çayas, Miguel Pérez Jabalera Rexidores como conçejo y a boz de tal dijeron que por cuanto tienen conferido y tratado la fiesta que se a de hacer este presente año a el gloriosísimo confesor San Roque patrono desta Villa y el modo con que se ha de llevar en procesión su santa imagen a su templo ya reedificado después de la ruina que padeció el antiguo y otras cosas tocantes a la mayor gloria y honrra de Dios Nuestro Señor y del Glorioso Santo acordaron se diputasen /.../ Rexidores capitulares para que fuesen a convidar al Señor doctor don Sebastián de Bonilla de León Prior de la Yglesia Parroquial desta dicha Villa para que se viniese a hallar en el dicho cabildo y con su acuerdo y consejo se determinase lo más conveniente y acertado y habiendo venido a dicho cabildo dichos señores diputados y dicho Señor Prior se hizo memoria de los singulares beneficios que por intercesión deste glorioso Santo ha recibido esta Villa especialmente el año de mil y seiscientos y dos que fue cuando le eligieron por su patrono y abogado y le hicieron boto de guardar por festivo el día diez y seis de agosto en que nuestra madre la Iglesia celebra su fiesta y hacerla el dicho día con procesión jeneral y la solemnidad posible y ayunar dicho día todo pena de pecado mortal como consta por la escriptura que le hizo en esta Villa el día veinte de mayo del dicho año de mil y seiscientos y dos que está en el libro de acuerdos de este cabildo a fojas ciento y sesenta y una y sesenta y dos con lo cual fue nuestro Señor servido cesase el contagio y peste que padeció esta Villa y sus vecinos. Y considerando así mismo que el dicho voto e invocación de patrono no se hizo con acuerdo ni aprobación del ilustrísimo Señor Obispo que era a la sazón en este obispado de Jaén y que agora se ha consultado con el ilustrísimo señor Don Fernando de Andrade y Castro obispo de este obispado por medio de dicho Señor dio y ha dado permisión para que se revalidase el dicho voto y ofreció confirmarlo y aprobarlo determinaron que la dicha revalidación se haga con la mayor solemnidad posible el día de la asunción de nuestra Señora que es a quince de este presente mes en la Iglesia parroquial de esta Villa votando en primero lugar los señores sacerdotes y demás personas eclesiásticas y luego los señores alcaldes regidores de dos en dos haciendo todos las religiosa ceremonia que en semejantes botos se acostumbra a hacer nuestra Madre la Iglesia poniendo las manos sobre el libro de los evangelios y luego lleguen a hacer el mismo voto alguna de las personas más principales de esta dicha Villa que se hallaren presentes y luego todo el resto del pueblo que estará aquel día junto para lo cual habiéndose cantado el Evangelio a la Misa Mayor que yo el escribano del cabildo me suba al púlpito y lea en voz inteligible y clara las cosas a que se han de obligar de manera que todos lo entiendan y se encargue a el predicador que predicare el dicho día ecsorte al pueblo a la devoción y ferbor que an de tener en hacer este acto de rrelijión y divino culto y declare las cosas a que se han de obligar. Primeramente se ha de revalidar y renovar la invocación que tenermos hecha antiguamente del bienaventurado insigne confesor San Roque por nuestro patrono y abogado y nos habemos de obligar a darle el culto y reverencia que acostumbra nuestra madre la Iglesia dar a los demás patronos. Lo segundo nos hemos de obligar /.../ del mes de Agosto. Lo tercero nos hemos de obligar a astenernos de comer carne el dicho día. Lo cuarto nos habemos de obligar a ayunar por modo de vigilia un día antecedente a el de la dicha fiesta y por que el inmediato es el de la asunción de nuestra Señora en el cual por ser solemne y grande no parece decente determinar el ayuno lo determinaremos que sea en el mismo día de la Vigilia de Nuestra Señora. Lo cuarto nos habemos de obligar este cabildo secular a hacer fiesta solemne con procesión jeneral al dicho glorioso patrono nuestro San Roque lo último nos el dicho cabildo secular nos habemos de obligar a tener siempre en pie y decentemente reparado el dicho templo del glorioso San Roque el cual dicho voto acordaron y mandaron se haga y disponga como dicho es y para que a todos conste este acuerdo se publique a boz de pregonero por todas las calles desta Villa para que tos los vecinos della se junten en la Iglesia Parroquial en dicho día y lo firmaron y su merced dicho Señor doctor.”
Nota: Texto copiado del libro "San Roque, Patrón de Arjonilla, de Ildefonso Rueda Jándula.

      - 06-08-1686 (se cumplen 331 años)
              Es venido a noticia de este Concejo que en los salarios de los mozos de la siega de este presente año hay inmoderación y se pretende por los señores darles mucha cortedad de lo que se pueden originar inconvenientes y disturbios. Por el mayor bien de esta república y sus vecinos usando la facultad que la ley le concede, acordaron se moderase el precio de cada temporero desde que principia la siega de la cebada hasta ser fenecida, no excediendo del 20 de agosto a razón de 15 ducados cada hombre y cada zagal desde 12 años hasta 17 y que haya ayudado a segar y cuidado la era y podido barcinar a 16 ducados y en los demás días desde 20 de agosto en adelante no segando a real cada día y la comida y los que segaren a 1,5 reales al día y la comida, y los destajeros a 90 reales cada cahiz de tierra y 15 celemines de trigo y 6 libras de carne, una arroba de vino, una cuartilla de vinagre y 2 reales en ajos y cebollas y no en otras cosas. Y los peones que hubiesen segado hasta el día de Santiago a 2 reales el día y desde ese día en adelante a 1,5 reales y que ninguna persona pueda llevar ni dar más cantidades que las referidas bajo de las penas que impusiesen los Sres. Alcaldes a quién incumpla este acuerdo. Que se publique este acuerdo para que llegue a noticia de todos.

      - 06-08-1923 (se cumplen 94 años)
               Las carnicerías libres no reúnen las condiciones higiénicas adecuadas, clausurar las de Miguel Carmona Campos, Antonio Córdoba Morales y Juan Leiva García. Que se habilite una carnicería municipal y venta mediante subastas públicas semanales.

      - 06-08-1925 (se cumplen 92 años)
              Escrito de Alonso Coello de Portugal y Pérez del Pulgar expresando su gratitud y reconocimiento por la cesión del terreno para sepultura de su hermano Rafael en el cementerio, sitio señalado para la construcción de una capilla y cripta donde se podrán enterrar sacerdotes y familiares.
       La Corporación expresa su sentimiento por el fallecimiento del hijo adoptivo de este pueblo, Alonso Coello de Portugal y Contreras y acuerda se conceda autorización para por su cuenta y de acuerdo con los planes construya la cripta y capilla.



      - 06-08-1932 (se cumplen 85 años)
              El Alcalde se dirige por escrito al Comandante de Puesto de la Guardia Civil informando que con motivo de trasladarse a las 6 de la tarde en procesión la imagen del Patrón San Roque y por si pudiese dar lugar a algún movimiento o alteración de orden público, ordeno a Vd. un servicio durante el acto.

      - 06-08-1931 (se cumplen 86 años)
              El Alcalde, Manuel Ortega González comunica por escrito al Gobernador Civil que el día 16 de este mes en la festividad del Patrón San Roque, la cual se ha venido haciendo por cuenta del Ayuntamiento, con el cambio de Rey y la crisis obrera, no creo prudente se gasten pesetas en fiestas, pero los pocos señores que hay en este pueblo y varias señoras han solicitado de esta Alcaldía hacerla fiesta por su cuenta, a lo cual no me opongo (en sentido contrario la Sociedad Obrera Socialista y en Escañuela no hay fiestas). Pide su parecer.

      - 06-08-1941 (se cumplen 76 años)
              Creación del Centro de Alimentación Infantil.
              (Recuerdo un letrero cerámico anunciador de este centro, sobre la puerta que daba acceso al consultorio médico cuando estaba instalado en la actual Residencia de Ancianos.)